La Corte Suprema -con 4 votos a favor y uno disidente- dio a conocer el fallo que anula el juicio contra Martín Pradenas, luego de que este fuese condenado como autor de diversos delitos sexuales. El máximo tribunal acogió el recurso de nulidad, por lo que el juicio y la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, quedaron sin efecto. Por eso, este se debe realizar nuevamente.
La razón expuesta por la Corte fue que el actuar del Juez redactor de la sentencia, don Leonel Torres Labbé, pasó a llevar el derecho constitucional de imparcialidad que se debe tener con todas las partes, a través de acciones reflejadas en publicaciones en redes sociales, donde se hacían comentarios que supuestamente aludían al proceso.
Desde AML Defensa de Mujeres queremos señalar que es lamentable que el accionar de un magistrado en particular -que debe actuar de manera imparcial en un proceso de este tipo- generen este nivel de perjuicio hacia las víctimas y sus familias. Todas las personas involucradas deberán pasar por un nuevo proceso judicial, con todo lo que eso implica, desde la victimización secundaria hasta la exposición.
Creemos que es crucial recalcar que la Corte no se ha referido al fondo de la causa, ni a las pruebas, ni a su valoración, mucho menos sobre la perspectiva de género que se aplicó durante el proceso, sino que sólo se refirió a la falta de imparcialidad que hubo en las acciones de una determinada persona.
Esperamos que en el proceso que viene se mantengan las líneas de trabajo con que la fiscalía ha actuado hasta ahora, que eso sea recogido por el nuevo tribunal y que se continúe utilizando perspectiva de género.