- Jueza presentó demanda por tutela laboral contra la Corporación Administrativa del Poder Judicial, luego que la entidad incumpliera las medidas de mitigación obligatorias que ordenan la separación definitiva de sus funciones a quienes la acosaron sexual y laboralmente.
- Durante la audiencia preparatoria, que se realizó el pasado 28 de septiembre, ambas partes dieron a conocer sus medios de prueba. En el caso de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, se limitaron a sostener que ellos no son los empleadores de la afectada.
Luego de 12 semanas desde que una funcionaria del Poder Judicial presentara una demanda por tutela laboral contra su empleador, la Corporación Administrativa del Poder Judicial, este viernes finalmente comenzará el juicio, luego que ambas partes ofrecieron sus medios de prueba.
La demanda se interpuso porque la Corporación no cumplió con las medidas de mitigación ordenadas por la Superintendencia de Seguridad Social, institución que acreditó que los actos denunciados por una magistrada constituían acoso sexual y laboral en el espacio de trabajo -ejercidos en su contra por cuatro funcionarios judiciales, entre ellos el ex juez Barría-. Las medidas, que son permanentes y obligatorias, debieron cumplirse en el mes de mayo de este año, sin embargo, cuando la funcionaria se reintegró a sus funciones el pasado 25 de julio, después de finalizado su reposo laboral por la enfermedad profesional que sufre, las medidas aún no habían sido cumplidas, lo que se mantiene hasta la fecha.
Especial relevancia tiene al efecto, que el incumplimiento de las medidas de mitigación implica, que además de los efectos de la tutela laboral interpuesta, la Corporación Administrativa del Poder Judicial puede ser condenada por el Poder Ejecutivo a millonarias sanciones económicas por su incumplimiento reiterado de la mitigación, al igual que cualquier empleador que infringe tales medidas, pero en este caso, el pago será efectuado con fondos públicos, es decir, con los impuestos que pagamos todos los chilenos.
Las pruebas
Hace 43 días se realizó la audiencia preparatoria, donde ambas partes ofrecieron sus medios de prueba. En el caso de la Corporación, “si bien no discuten la existencia de la enfermedad laboral y quiénes la causaron, sostienen que no son el empleador de la magistrada. Sin embargo, hay múltiples documentos, muchos de ellos instrumentos públicos, entre los cuales existen oficios, certificados y comprobantes de pago de remuneraciones y bonos, que indican que sí son el empleador.
Además, cuando la Superintendencia de Seguridad Social acreditó la enfermedad -junto con los cuatro funcionarios que la causaron y los hechos que la ocasionaron- notificaron a la Corporación Administrativa del Poder Judicial, quien luego supervisó y controló las medidas de mitigación y todos esos actos los pudo ejecutar la Corporación, porque es legalmente el empleador de nuestra representada, lo q torna en artificiosa e infundada la posición de la Corporación en este juicio”, señaló Francisca Millán, socia y abogada de AML Defensa de Mujeres.
Un espacio inseguro
La magistrada, quien aún tiene la posibilidad de ejercer teletrabajo mientras dure la alerta sanitaria, ha estado en permanente riesgo por la exposición continúa e injustificada a sus victimarios. “Ellos y ellas pueden acceder a la sala online mientras la jueza dirige sus audiencias o, incluso, hay funcionarios de alto rango que designan diariamente sus funciones, asignan su carga laboral y resuelven sus solicitudes de permisos, porque ella sigue siendo obligada a mantener contacto con quienes la acosaron laboralmente, a pesar que las medidas de mitigación ordenan que estas personas deben ser removidas de sus cargos y trasladadas hacia otros puestos de trabajo distantes de la víctima”, sostuvo Millán.
Para la abogada, llama la atención que la Corporación en ningún momento “ha rechazado o negado que existió en este caso acosos sexuales y laborales reiterados por parte de cuatro funcionarios judiciales y que esto haya causado la enfermedad laboral que sufre la víctima, por lo que confiamos que el Juzgado Laboral tendrá a bien, restablecer las garantías constitucionales y proteger los derechos laborales de nuestra representada y cursar las medidas y sanciones correspondientes.”