Comienza la Operación Renta: Todo lo que Necesitas Saber sobre la Retención de Pensión de Alimentos

1 Abr 2024 | Noticias

  • El año pasado se realizó la primera retención automática de impuestos para quienes están en el registro nacional de deudores de alimentos. 
  • Aún quedan dudas de cómo se puede realizar este trámite, así que aquí te dejamos la información.

Con la nueva ley de Pago Efectivo de Pensión de Alimentos ya en marcha, también está activa la posibilidad de retener la devolución de impuestos durante la Operación Renta.

Este proceso es automático, ya que es la Tesorería General de la República la que debe revisar el Registro Nacional de Deudores de Alimentos antes de realizar la devolución de impuestos a cualquier persona que haga el trámite pero que además esté en el listado de deudores. Así, no se requiere ninguna acción adicional por parte de las familias a quienes se les debe. 

En caso de estar inscrito en él, los fondos serán retenidos y transferidos a la cuenta indicada en dicho registro, perteneciente al beneficiario de la pensión. Solo en caso de existir un remanente, éste será transferido al deudor.

Operación renta

Es importante destacar que la retención de la pensión de alimentos ha sido una posibilidad siempre disponible, si bien ahora es automática para aquellos inscritos en el registro.

Francisca Millán, socia abogada de AML Defensa de Mujeres, señala que desde la entrada en vigencia de la ley actual, “la Tesorería está obligada a revisar el Registro Nacional de Deudores antes de cualquier devolución de impuestos. Por lo tanto, aquellos deudores inscritos en el registro deben tener deducciones previas de sus fondos, destinadas a ser transferidas a la cuenta indicada en el registro, que pertenece a la familia beneficiaria”. 

Respecto a las deudas que pudieran generarse en los próximos meses y que aún no cumplen con los requisitos para ingresar al registro, estas se podrán verificar cuando haya una deuda de tres meses continuos de pensión o cinco discontinuos en un período. 

En tales casos, aunque la deuda no esté aún registrada, las partes involucradas pueden solicitar ante el tribunal correspondiente la retención de la devolución para saldar total o parcialmente la deuda durante la próxima operación renta. Esta gestión puede realizarse por parte de los interesados, ya sea en forma personal o a través de representantes, mediante los mecanismos virtuales disponibles en el Trámite Fácil, que cuenta con accesos rápidos y guías para facilitar el proceso. Ante cualquier dificultad, cada tribunal brinda soporte, o se puede acudir directamente al tribunal de familia correspondiente.